Tramitamos y asesoramos a las empresas interesadas la identificación de la regulación aplicable a las actividades relacionadas a Precursores Químicos y Productos Químicos Esenciales, así como a implementar los controles aplicables al establecimiento (Documentación Legal, Permisos de Importación, Procedimientos Normalizados de Operación, Libros de Control, etc).
A nivel industrial, existen sustancias químicas utilizadas para cubrir las necesidades de operación de una planta de manufactura, sin embargo, existen sustancias que por su naturaleza podrían ser utilizadas con fines ilícitos. Es por ello que en México, las personas físicas o morales que realicen cualquiera de las actividades reguladas, en relación a las sustancias químicas enlistadas en la ley federal para el control de precursores y productos químicos esenciales, deberán mantener el control de las actividades realizadas a fin de evitar su desvío para la producción ilícita de narcóticos. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional. Por tal motivo dichos establecimientos son sujetos de observancia obligatoria por la Secretaría de Salud mediante la Comisión Federal Para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), por lo que es indispensable que dichos establecimientos cumplan la regulación sanitaria aplicable y vigente.
Definiciones:
Actividades reguladas: Producción, preparación, enajenación, adquisición, importación, exportación, transporte, almacenaje y distribución de precursores químicos, productos químicos esenciales o máquinas para elaborar cápsulas, tabletas o comprimidos.
Marco Legal:
• Ley General de Salud.
• Reglamento de Insumos para la Salud.
• Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos.
• Reglamento de la Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos.
